La Ley de Generación Distribuida permite a los clientes con tarifas reguladas generar su propia energía eléctrica, autoconsumirla y vender sus excedentes energéticos a la empresas distribuidoras de energía eléctrica. Para hacer uso de la Ley se deben utilizar sistemas de generación de energía eléctrica de hasta 300 kW basados en energías renovables o de cogeneración eficiente (generación de energía eléctrica y calor en un solo proceso).
Luego de la entrada en vigencia de la Ley de Generación Distribuida, casi todos los proyectos presentados han sido del tipo solar fotovoltaico, alternativa eficiente en las zonas del país donde existe una elevada radiación y/o elevados precios de energía.
La energía inyectada se valora al mismo precio de la tarifa de energía y la distribuidora debe descontar mensualmente las inyecciones valorizadas en la factura correspondiente.
El procedimiento de conexión es simple y la tramitación ante la SEC es en línea, ingrese aquí.